Área de Inyectología

 PROCEDIMIENTO DE INYECTOLOGÍA: 


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Fuente: https://cutt.ly/b1tsIHn

Nuestra droguería ofrece al público el área de inyectología, cumpliendo con las siguientes condiciones de infraestructura y dotación: 

  • Cuenta con una sección que ofrece privacidad y comodidad, tanto para el administrador como para el usuario, donde se ofrece un espacio único con todos los insumos para el lavado y desinfección de manos. 
  • posee camilla, escalera, mesa auxiliar, guardián, canecas de residuos, e insumos como: jeringas desechables, algodoneras, cubeta, guantes, alcohol, gel antibacterial, tela quirúrgica, y demás dotación necesaria para el procedimiento de inyectología.

 

 REGISTRO:

El establecimiento debe establecer los formatos y generar los registros que constituyan la evidencia de la implementación de las normas de procedimientos en inyectología de acuerdo con la normatividad vigente.

 

NORMAS DE PROCEDIMIENTOS:

 

NORMAS SOBRE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE ÁREAS:
 El establecimiento debe documentar y cumplir las normas de limpieza y desinfección de áreas y demás elementos, como práctica segura para prevenir las infecciones asociadas con el procedimiento de inyectología.

  • La Droguería solicitará  la  prescripción médica  indispensable  para  la  administración de cualquier medicamento por vía intramuscular.

RECURSO HUMANO:

  En cuanto a los recursos humanos, la condición principal es que el responsable de la administración de medicamentos inyectables cuente con la formación académica y la formación que lo habilite para ello, de acuerdo con la normatividad vigente.

 PROHIBICIONES

no se podrán administrar medicamentos por vía intravenosa ni practicar pruebas de sensibilidad; Los establecimientos que ofrecen procedimientos inyectables también pueden ofrecer al público procedimientos de control de glucosa en sangre con dispositivos de punción, siempre que el director técnico sea un químico farmacéutico o tecnólogo en regencia de farmacia y se cumplirán los siguientes criterios dé infraestructura y dotación:

 1) Un área especial y separada, completamente equipada para brindar privacidad y comodidad al paciente para la realización de  la prueba. Su temperatura debe estar entre 15-25°C con iluminación adecuada y ventilación natural y/o artificial; Este sitio puede ser el mismo que se utiliza para la inyectología.

2) Contar con un lavamanos en un sitio cercano.

3) Tener toallas desechables y recipiente algodonero.

4) Contar con todos los materiales y la dotación  necesaria  para  el procedimiento, incluyendo el manejo de desechos.

 5) Poseer dispositivo de registro sanitario, microlancetas debidamente calibradas y registradas ante el INVIMA, Instituto Nacional de Control de Medicamentos y Alimentos, de conformidad con el Decreto N° 4725 de 2005 y demás normas modificatorias, adicionadas o sustituidas.

6) Contar con tiras reactivas, con registro sanitario del Instituto  Nacional de Vigilancia de Medicamentos  y  Alimentos  ­INVIMA,  para  cada paciente individual, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 3770 de 2004 y las  demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.


7) Conservar la fecha de vencimiento  vigente de las  tiras  reactivas  y  las  condiciones de almacenamiento previstas por el fabricante.


8) Contar con un registro diario  de pacientes  y de resultado del  monitoreo y donde se encuentre registrada la calibración del equipo.


9) Entregar los resultados al paciente, en forma escrita con el nombre  de la  persona  que  realizó  el procedimiento (no podrá  hacer ningún  tipo  de interpretación).


10) Mantener los  registros en archivo, durante  el tiempo contemplado  en  la  normatividad vigente.

 

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  • Las personas encargadas de hacer el monitoreo deben entrenadas y haber recibido las instrucciones pertinentes por parte del fabricante o distribuidor, cumplir debidamente con las normas de bioseguridad, manual de procedimientos técnicos y manejo de residuos establecidas por la norma. 

  • Estas pruebas en ningún caso se constituyen como actividades  de  apoyo y  diagnóstico, de tratamiento y de seguimiento de este tipo de patología. En ningún caso reemplazan las pruebas que se realizan en el laboratorio clínico y tampoco servirá para cambio de tratamiento sin previa autorización del médico tratante.

RESPONSABLES:

 Es responsabilidad del director técnico del establecimiento farmacéutico minorista que ofrezca el procedimiento de inyectología, velar por el cumplimiento permanente de las condiciones esenciales relacionadas en el Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos adoptado por la Resolución 1403 de 2007, las cuales son objeto de inspección, vigilancia y control por parte de la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia. 

 

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